El presidente del TEPJF aseguró que ni a Gálvez ni a Sheinbaum se les retirará su eventual postulación, pues sus coordinaciones salieron de contiendas no reguladas
El proceso para 2024 inició con “cierta estabilidad” gracias a que los árbitros electorales avalaron los inéditos procesos internos de los partidos que derivaron en las designaciones de Claudia Sheinbaum y Xóchitl Gálvez como coordinadoras.
Así lo afirmó Reyes Rodríguez, presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien descartó que en ambos casos se quite el registro de su eventual candidatura por temas de fiscalización.
En entrevista con Excélsior, aclaró que dichas contiendas no son consideradas precampañas o campañas y, por lo tanto, en su desarrollo no se aplicaron los criterios previstos en la ley. En caso de irregularidades se podrían imponer multas o amonestaciones, pero no quitar el registro, aseguró.
Dijo que uno de los retos del TEPJF será pacificar el proceso electoral en un contexto de polarización.
Descartan pérdidas de registro por internas
Los criterios para precampañas no aplican a los procedimientos de los partidos para definir a sus representantes rumbo a 2024, explica el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
El principal reto que enfrenta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de cinco que prevé el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, será el de “pacificar” el proceso electoral en un contexto de polarización, a través de sus sentencias, de ahí que se decidió dar cauce a los inéditos procesos internos de los partidos, que derivaron en las designaciones de Claudia Sheinbaum y Xóchitl Gálvez.
En entrevista exclusiva con Excélsior, Reyes Rodríguez subrayó que, gracias a esa decisión, hoy estamos iniciando el proceso electoral con “cierta estabilidad” y tocará al TEPJF revisar las actuaciones de las dos coordinadoras de sus respectivos movimientos para determinar si existieron actos anticipados en sus giras.
Descartó que pueda haber pérdida de registro de candidatura por temas de fiscalización, pues, enfatizó, esos procesos internos no son considerados precampañas y, por lo tanto, no aplican los criterios previstos en la ley, por lo que se podrían imponer multas, amonestaciones y otras medidas de sanción, pero no retirar el registro.
Sobre la revisión de actos anticipados de campaña, explicó que se tendrían que presentar condiciones de “violaciones graves, sistemáticas, determinantes para la equidad, para analizar las distintas sanciones posibles”, esto ya al preguntársele sobre el tiempo entre el 7 de septiembre que inició el año electoral y el 5 de noviembre, cuando iniciarán las precampañas.
Esta reportera le preguntó si les temblaría la mano para negar candidaturas, si es que se comprueban violaciones graves y sistemáticas por parte de las dos coordinadoras de los bloques partidarios.
Reyes Rodríguez contestó que “resolvemos con independencia, imparcialidad y criterios jurídicos; no se trata de si te tiembla la mano o no, se trata de resolver con objetividad, con un análisis de los hechos de su transcendencia e impacto, y de la línea jurisprudencial y razones jurídicas”, para luego mencionar que, hasta hoy, no se ha negado ninguna candidatura por actos anticipados, aunque se solicitó esta sanción en el caso de Luis Donaldo Colosio, presidente municipal de Monterrey, y de Miguel Treviño, en la alcaldía de San Pedro Garza García, ambos en Nuevo León, en las pasadas elecciones.