
El Subdirector de Gobernación, Pedro Oliva, señaló que semanas previas a la realización de un concierto por parte de un artista, se requiere obtener el permiso correspondiente. Afirmó que, como subdirección encargada del cumplimiento del Reglamento de Diversiones y Espectáculos, es necesario proporcionar un listado de las canciones que se interpretarán durante el evento. Este listado se comparte con el Instituto Municipal de las Mujeres para llevar a cabo un análisis, especialmente en lo que respecta a canciones que contienen contenido violento o apología del delito dirigido hacia las mujeres.
Oliva explicó que se emite un oficio por parte de la subdirección de Gobernación para solicitar el permiso, en el cual se indica al artista que no puede interpretar canciones que hagan apología del delito o promuevan la violencia contra las mujeres. Se le solicita un nuevo listado de canciones que cumplan con estas restricciones. Se advierte al artista sobre las condiciones establecidas en el Reglamento de Diversiones y Espectáculos, y se le insta a cumplir estrictamente con el programa presentado. De lo contrario, se le informa que podría enfrentar las sanciones estipuladas en dicho reglamento.
Durante el evento, el personal de Gobernación está presente para supervisar su desarrollo y garantizar el cumplimiento de las condiciones. En caso de que se detecte una violación a estas condiciones, se notifica al artista que debe ajustarse al programa y abstenerse de interpretar canciones inapropiadas. Como resultado de una infracción, se impuso una multa que asciende a un máximo de 1 millón 244 mil 880 pesos.

