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martes 01 de julio del 2025.

“Abre las puertas” el IMSS a repatriados mexicanos; afirmó el Consejo Técnico Nal.

 * Serán beneficiados con las prestaciones en especie que ofrece el seguro de enfermedades y maternidad que comprende asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y obstétrica.

El H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó las reglas de carácter general para el cumplimiento del decreto con carácter humanitario y de solidaridad social, por el que se incorporan al régimen obligatorio del Seguro Social a personas mexicanas que son repatriadas de Estados Unidos de América y a sus beneficiarios legales, a fin de otorgarles las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de la Ley del Seguro Social.

En sesión ordinaria, Luisa Obrador Garrido Cuesta, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR), destacó que 34 dependencias federales y estatales participan en la estrategia México te Abraza, cuyo objetivo es recibir a los repatriados con calidez, humanismo y apoyar su reintegración a las comunidades de origen.

Recordó que el 24 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto presidencial el cual consta de cinco artículos; en donde se detalla que las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad comprenden asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y obstétrica.

Indicó que, para garantizar el cumplimiento del decreto, el IMSS trabaja con la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Migración (INM). Con base en las “Reglas de carácter general para el cumplimiento del Decreto”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2025,  el INM proporcionará al IMSS la CURP de las personas a las cuales se les otorgó el certificado de repatriación, con lo cual se generará su Número de Seguridad Social (NSS) para registrarlos a través de los canales digitales del Seguro Social.

La titular de la DIR explicó que las personas dadas de alta ante el IMSS por el Instituto Nacional de Migración podrán realizar el alta de sus beneficiarios legales de manera presencial en Unidades de Medicina Familiar (UMF), por medio del portal del Seguro Social o en la aplicación IMSS Digital.

Señaló que el artículo segundo transitorio del decreto presidencial instruye al Seguro Social para aprobar los lineamientos de carácter general que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto y establecer la regulación que permita brindar protección a las y los mexicanos que han retornado a nuestro país y a sus beneficiarios legales por un periodo de hasta tres meses, contados a partir del alta de la persona mexicana repatriada de los Estados Unidos de América ante el Instituto y el cual se dará por terminado, en caso de que ésta se incorpore a un empleo formal o decida incorporarse voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social.

Resaltó que al interior del Instituto esta tarea requiere la vinculación de las direcciones normativas de Incorporación y Recaudación, Innovación y Desarrollo Tecnológico, Finanzas, Operación y Evaluación, con las representaciones del IMSS en las entidades en la frontera norte del país, en particular las subdelegaciones, con acciones de capacitación al personal que acude a los albergues para realizar la afiliación.

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