
H. Cd de Chihuahua.- Las obras generadas por inteligencia artificial (IA) no podrán ser registradas con derechos de autor en México, según resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al establecer que este tipo de protección legal es un derecho humano reservado exclusivamente a las personas físicas.
“La creatividad protegida por la ley es exclusivamente humana”, informó el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) a través de sus redes sociales.
La decisión se dio a conocer tras un juicio de amparo promovido por un ciudadano, luego de que Indautor negara el registro de la obra digital Avatar Virtual, creada mediante la plataforma de IA “Leonardo”.
Inicialmente, el solicitante impugnó la negativa ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, alegando que las obras generadas por IA también deberían ser registrables. Sin embargo, tras una segunda resolución en contra, interpuso un amparo, argumentando que se violaban sus derechos a la igualdad, la seguridad jurídica y la no discriminación.
La SCJN rechazó el recurso y sentó un precedente importante:
El derecho de autor es un derecho humano ligado a la creatividad humana.
Las obras generadas de manera autónoma por IA no cumplen con los requisitos de originalidad.
La protección legal no aplica a entes artificiales.
La negativa no infringe principios ni compromisos internacionales.
Esta resolución marca un punto clave en la relación entre inteligencia artificial y propiedad intelectual en México, reafirmando que los derechos de autor no pueden ser concedidos a obras sin intervención creativa humana.