
Amparo por niño con cáncer impulsó proyecto oncológico; tras su muerte, el cumplimiento sigue en duda
H. Cd. de Chihuahua.- La lucha legal emprendida por la familia de Miguel Ángel S.S., un niño de siete años diagnosticado con cáncer, dio origen a una sentencia federal que ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) crear las condiciones necesarias para ofrecer tratamientos de radioterapia oncológica en Chihuahua. El objetivo era evitar que menores con este tipo de padecimientos tuvieran que ser trasladados a otros estados para recibir atención especializada.
El amparo, identificado con el expediente 1133/2023, fue concedido en junio de 2023 luego de que se acreditara la falta de acceso oportuno al tratamiento que requería el menor, quien era atendido en Chihuahua pero debía viajar a Coahuila para recibir parte de su atención médica. La resolución instruyó al IMSS a desarrollar infraestructura, equipamiento, personal especializado e insumos para poner en marcha un servicio de radioterapia en el Hospital Regional No. 1 de Chihuahua o generar las condiciones para hacerlo posible.
Como alternativa para cumplir con la sentencia, el IMSS propuso la construcción de un nuevo Hospital General Regional con un Centro Oncológico, proyecto para el que solicitó al Ayuntamiento de Chihuahua la donación de un terreno de 10 hectáreas. No obstante, la institución también argumentó que era imposible habilitar dicho servicio en las instalaciones actuales debido a limitaciones técnicas y de espacio. En mayo de 2026, tras informar el fallecimiento del menor, el Seguro Social pidió al juzgado considerar que la resolución había quedado sin materia.
A más de dos años de la sentencia y tras la muerte de Miguel Ángel, el proyecto hospitalario continúa sin avances definitivos. Autoridades municipales han señalado que la iniciativa permanece detenida por la falta de definiciones entre el IMSS y el ISSSTE, mientras el Poder Judicial deberá determinar si la obligación de crear infraestructura para la atención oncológica pediátrica subsiste como una medida de interés público o si el caso concluirá con el fallecimiento del menor que dio origen al amparo. (En Blanco y Negro)

