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13 de agosto 2025

Ya es oficial la ley que regula el home office

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de los Estados Unidos Mexicanos publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para el home office.

Esta norma tiene como objetivo garantizar el bienestar de las personas trabajadoras que realizan sus labores de forma remota, brindando lineamientos y obligaciones tanto para los patrones como para los empleados.

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Lujan, detalló en un comunicado que esta norma viene en cumplimiento de las reformas a la Ley Federal del Trabajo de enero de 2021, las cuales incluyeron un capítulo dedicado a regular esta modalidad laboral en México.

La nueva norma establece, entre otras cosas, que los empleadores deben proveer a los trabajadores de las herramientas necesarias para llevar a cabo homme office o teletrabajo, como sillas ergonómicas, así como cubrir los costos proporcionales al consumo de internet y energía eléctrica, entre otros.

¿Para qué empresas aplica la NOM-037? La NOM-037-STPS-2023 es aplicable a todos los centros de trabajo que cuenten con empleados que trabajen más del 40% de su tiempo desde un lugar distinto a la oficina central.

Una de las obligaciones principales que impone la norma a los patrones es contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de home office, el cual debe incluir información como nombres, género, estado civil, actividades a desarrollar, perfil de puesto, porcentaje de tiempo dedicado al teletrabajo, número telefónico de contacto, domicilio, lugares de trabajo acordados, y la razón social y domicilio del centro de trabajo.

La norma también establece que los patrones deben implementar una Política de Teletrabajo por escrito, en la cual se promueva la cultura de la prevención de riesgos laborales, se instauren mecanismos de comunicación entre el centro de trabajo y las personas trabajadoras remotas, se establezcan horarios laborales, se promueva la igualdad de derechos entre las personas que trabajan de forma presencial y las que lo hacen a distancia, se fomente la perspectiva de género y se garantice la conciliación de la vida personal de las personas trabajadoras.

Asimismo, los patrones deben informar a las personas trabajadoras sobre los riesgos asociados al teletrabajo, incluyendo los riesgos ergonómicos y psicosociales, y proporcionar una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo remoto. Además, deben otorgar facilidades para que la Comisión de Seguridad e Higiene realice la validación de esta lista y evalúe los posibles riesgos.

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