La reforma que mantiene al Ejército en tareas de seguridad pública hasta 2028 fue declarada constitucional por el Senado luego de su aprobación en 20 congresos estatales, por lo que fue enviada al Diario Oficial de la Federación para su publicación.
Para que una reforma constitucional surta efecto debe ser aprobada por más de dos tercios de los votos de las Cámaras de Diputados y Senadores, y también por al menos la mitad más uno de los congresos estatales, es decir de 17 o más.
La Secretaría de la Mesa Directiva realizó el computo de los votos aprobatorios de los congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y de la Ciudad de México.
Además, dio a conocer que también se recibió el voto no aprobatorio del Congreso de Guanajuato.
De esta manera, el presidente de la Mesa Directiva, Alejandro Armenta Mier, emitió la declaratoria constitucional de aprobación de la reforma al Artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
Así, durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública.
Excelsior.